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DICTAMEN DE DIRECCIÓN DEL TRABAJO PERMITIRÁ A LOS PADRES REALIZAR TELETRABAJO EN VACACIONES DE INVIERNO
DICTAMEN DE DIRECCIÓN DEL TRABAJO PERMITIRÁ A LOS PADRES REALIZAR TELETRABAJO EN VACACIONES DE INVIERNO
Para apoderados con niños menores de 12 años o cuidadores de personas con Discapacidad.
Debido al alza de contagios de virus respiratorios en las comunidades escolares del país y el aumento de la ocupación de camas pediátricas UCI, los ministros de Salud y Educación, Begoña Ayarza y Marco Antonio Ávila, anunciaron el adelanto de las Vacaciones de Invierno, que comienzan hoy, jueves 30 de junio. El segundo semestre se iniciará el lunes 25 de julio.
El ministro Ávila, sostuvo que “se trata de una medida excepcional y preventiva ante una emergencia sanitaria”, con el fin de mantener las condiciones que permitan sostener la presencialidad de la enseñanza en el tiempo, y resguardar la salud de los niños, padres y familiares”, recalcó. La autoridad solicitó a los apoderados que mantengan, “dentro de lo posible, a sus niños en casa, para cumplir con el objetivo de reducir la circulación viral”, enfatizó.
Para que lo anterior pueda ocurrir, la Dirección del Trabajo, anunció un dictamen que permite que los padres “que tienen a su cuidado menores de hasta 12 años y personas con discapacidad en un contexto de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe o alerta sanitaria” – señala el documento – y que tengan funciones laborales que lo permitan, puedan realizar teletrabajo desde sus hogares durante las tres semanas en que los niños estén sin asistir a sus colegios.
De acuerdo al documento, quienes necesiten solicitar el trabajo a distancia tendrán que presentar al empleador una declaración jurada en la que conste que el cuidado de sus hijos “lo ejercen sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta”.
En el caso de los niños en edad Preescolar, si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este permiso. Para los progenitores de niños menores de 12 años, “en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiere y sin reducción de remuneraciones, el trabajador deberá entregar al empleador una declaración jurada de que dicho cuidado lo ejerce sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta”, señala la ley.
El tercer caso considera a quienes tienen bajo su cuidado a personas con discapacidad. Esta circunstancia deberá ser acreditada “a través del certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad, al que se debe agregar la copia del certificado, credencial o inscripción en el que se indique el nombre del cuidador o cuidadora. También esto se puede acreditar a través de la calidad de asignatario de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social”, indica el dictamen.
En todas las situaciones mencionadas anteriormente, solo uno de los padres podrá solicitar el poder ejercer sus labores desde casa.
Como colegio estamos conscientes que estos anuncios han despertado muchas dudas en nuestros apoderados, por lo cual, además de la información que entregamos en los párrafos anteriores, responderemos algunas interrogantes que nos han planteado.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué tipo de establecimientos se acogerán a este adelanto de vacaciones de invierno?
La medida se aplicará en todos los establecimientos del sistema escolar, público y privado de régimen semestral, como para todos los establecimientos de Educación Parvularia: JUNJI VTF y Fundación Integra.
¿Qué ocurrirá con la alimentación en los colegios?
De acuerdo a la información entregada por el Mineduc, el servicio de alimentación que entrega la Junaeb se mantendrá durante los días de vacaciones que se añadieron para la extensión de las tres semanas. La autoridad enfatizó en que dicha ampliación es obligatoria para todos los establecimientos, públicos y privados. Se entregarán raciones entre el día jueves 30 de junio y el viernes 8 de juli0.
¿La semana de vacaciones que se adelanta, se deberá recuperar?
Estos días no serán recuperados. Por eso que es importante entender que cuando los estudiantes se van el 29 de junio, retoman sus clases, después de tres semanas, el 25 de julio. En el calendario escolar está establecido que los días 30 de junio y 1 de julio son días de trabajo técnico que desarrollan los establecimientos escolares que tienen educación Parvularia, Básica y Media.
Con estos cambios, ¿en qué fecha termina el año escolar?
Depende del tipo de establecimiento en el que estén los estudiantes. El año lectivo en colegios y liceos que cuenten con Jornada Escolar Completa, terminarán sus clases el 2 de diciembre.
En el caso de los estudiantes de Cuarto Año medio, finalizarán sus clases dos semanas antes que el resto de los estudiantes, para culminar su preparación para rendir la PAES (Prueba de Acceso a la Educación Superior).
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